jueves, 27 de julio de 2017

En esta nueva entrada, tendré el placer de hablarles sobre el contrato de trabajo...

Primero debemos de saber que el contrato de trabajo es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica, bajo la continua dependencia o subordinación de la segunda y a cambio de remuneración.

la persona que presta el servicio se le denomina trabajador y quien lo recibe y remunera se le llama empleador, sobre cualquiera que sea su forma de pago.


Pero primero vamos a dejar claro que es una persona natural y jurídica

PERSONA NATURAL• Es todo individuo de la especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo y condición.

PERSONA JURÍDICA• Se denomina así a una persona ficticia capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones y de ser representada judicial y extrajudicialmente a través de su gerente o representante legal .

Como dije anteriormente, puede existir relación laboral entre dos persona naturales, pero dos personas jurídicas no pueden establecer dicha relación.

El contrato laboral tiene tres elementos esenciales los cuales son:
•Prestación de servicio
•Subordinación o dependencia
•Remuneración o salario

Debemos de tener claro que la diferencia entre contrato de trabajo y relación de trabajo radica en que en el primero deben reunirse los tres elementos ya enunciados, mientras que en la segunda puede faltar cualquiera de ellos.

IUS VARIANDI
Es la facultad que tiene el empleador de modificar ciertas condiciones laborales del trabajador, dentro de ciertos limites. Esta facultad se desprende del elemento de la subordinación

Las limitaciones que entraña el ius variandi hacen referencia al honor, la dignidad, la seguridad y los intereses y derechos mínimos de cada trabajador.

Este no es una potestad pero le permite el empleador cambiar el salario, horario y funciones que cumple el trabajador.

MODALIDADES DE CONTRATO
Los contratos pueden variar según su forma y el termino de duración, estos pueden ser

•Verbales
•Escrito
•Contrato de trabajo realidad

CONTRATO VERBAL
Como su nombre lo indica es aquel en el cual el empleado y el empleador hacen un acuerdo verbal, para la prestación de servicios, los turnos, salarios etc, este tiene toda la legalidad.


CONTRATO ESCRITO
Este es el que consta de un documento firmado por las dos partes, en el cual están incluidas todas la condiciones del mismo, este debe de contener por lo menos los siguientes asuntos.

•Nombre o razón social del empleador
•Domicilio del empleador o de la empresa
•Nombre del gerente o del representante legal
•Clase de contrato
•Nombre del trabajador
•Domicilio del trabajador
•Duración del periodo de prueba
•Condiciones del contrato
•Causas de terminación del contrato
•Cantidad y forma de remuneración
•Lugar y fecha donde se celebran
•Firma del empleador, el trabajador y testigos

Según el tiempo de duración los contratos pueden ser
•A termino fijo
•A termino indefinido
•De obra
•Ocasional o transitorio
•Especiales, como los de profesores de colegios particulares y los agentes colocadores de pólizas



CONTRATO DE TRABAJO REALIDAD
Es aquel que surge de lo que ocurre en la practica independiente de lo que se haya expresado en un documento, o de lo que la voluntad del empleador haya puesto.


Como en todo hay una obligaciones del trabajador y del empleador y también hay unas prohibiciones

SUSPENSIÓN DEL CONTRATO
Es la interrupción de la normalidad del contrato, algunas de sus razones son estas

•Por fuerza mayor o caso fortuito
•Por muerte del trabajador
•Por clausuración o cierre de la empresa


TERMINACIÓN DEL CONTRATO
Algunas de las causas de esto son

•Muerte del trabajador
•Mutuo consentimiento
•Expiración del tiempo pactado
•Terminación de la obra o labor contratada


DESPIDOS QUE REQUIEREN AUTORIZACIÓN LEGAL

•Trabajadora embarazada
Si la van a despedir en este estado o pasados tres meses, el empleador necesita autorización

•Trabajador amparado por el fuero sindical
No podrá ser despedido con justa causa si previamente esta no ha sido calificada por un juez

•Incumplimiento de instrucciones sobre salud ocupacional
No se podrá despedir sin obtener previamente la autorización del inspector
•Despido colectivo
Para hacer más de dos despidos en el mismo día el empleador deberá pedir autorización del inspector de trabajo

•Trabajador con limitaciones 
Por ninguna razón debe de ser despedida por su limitación a menos que se medie una autorización de la oficina de trabajo. 

lunes, 12 de junio de 2017

Hoy tendré el gusto de hablarles del origen de la legislación laboral

•Como todos sabemos, antes de que los españoles invadieran nuestras tierras, nuestros antepasados se dedicaban a cosas agrícolas, tales como, la agricultura, la pesca, la ganadería etc. Impartiendo siempre las ordenes que les daba el el cacique o jefe de tribu.

•Pero a la llegada de nuestros colonizadores estas lindas costumbres cambiaron drásticamente.

•Entonces empezaron a regir a nuestros antepasados con decretos, los cuales fueron recopilados en el reino de carlos II de españa con el nombre de legislación indiana

•Luego del grito de la independencia y nuestra liberación, empiezan a aparecer muchas más leyes


•Y así sucesivamente, se fueron expidiendo cada año más leyes que amparan al trabajador

•Debemos saber que cada ley u o decretos expedidos por cada gobierno es gracias a las luchas incansables de los trabajadores.

•En nuestra ultima década, dos grandes cambios se han introducido en la legislación laboral siendo estos la ley 50 de 1990 y la ley 100 de 1993. con la ley 50 los trabajadores perdieron grandes derechos como la retroactividad de la cesantía, la pensión y la acción de  reintegro para los trabajadores con más de 10 años de servicio al mismo empleador y que eran despedidos sin justa causa. Y con la ley 100 modifico todo lo relacionado con las pensiones e introdujo novedosas avances en el aspecto de la salud.

• Nuestro código sustantivo del trabajo contiene tres grandes aspectos en el campo del derecho social
los cuales son:
•Derecho individual del trabajo
•Derecho colectivo del trabajo
•El sistema de seguridad social integral

      SERVIDORES PÚBLICOS

Cuando hablamos de estos estamos haciendo referencia a los funcionarios públicos y los trabajadores oficiales.

•Los públicos son aquellos que brindan sus servicios a la nación, departamentos etc.

•Los trabajadores oficiales son aquellos que ya están vinculados a una administración mediante un contrato de trabajo

•Nuestro ministerio de protección social, tiene la labor de vigilar y controlar que la legislación laboral si se cumpla.
•Del ministerio de la protección social dependen las inspecciones y oficinas del trabajo, en cuyas algunas de sus funciones son , procurar una conciliación entre empleador y empleado, relacionadas, con los diferendos que surgen como consecuencia de su vinculación.


NORMAS PROTECTORAS DEL TRABAJO 


Siendo el trabajo una obligación social, el estado protege cualquier actividad que el colombiano elija para procurarse la subsistencia.

•En el articulo, 25 de la constitución politica de colombia así lo ordena: 

•"El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas" 


QUE ES EL TRABAJO  



•Es toda actividad humana, libre, licita, ya sea material o intelectual permanente o transitoria. Que una persona natural ejecuta conscientemente al servicio de otra natural o juridica. 

APLICACIÓN DE LAS NORMAS 

•Todo empleador esta obligado a observar las leyes laborales que rigen en colombia. La correcta aplicación influye en la buena marcha de su empresa y redunda en beneficio de las relaciones con sus trabajadores.  




domingo, 21 de mayo de 2017

PREGUNTAS Y RESPUESTAS

Hoy estaré compartiendo algunas preguntas y respuestas sobre nuestro amado derecho laboral colombiano

1¿ Que señala la corte constitucional en el principio de igualdad de derechos?
• Todas las personas, en su esencia humana son iguales y merecen la misma consideración

2¿Cual ha sido la manifestación más clara de discriminación sexual en el principio de la estabilidad?
•El despido injustificado de mujeres que se encuentran en estado de gravidez

3¿Que permite realizar el principio de la favorabilidad?
•Busca la solución más favorable frente a la existencia del conflicto en leyes, donde se aplica la mas beneficiosa para el trabajador

4¿Cual es la importancia de los principios del derecho laboral del trabajo?
•Informan el ordenamiento jurídico de un país, justifican la existencia de la normas, tanto al momento de su producción, interpretación, o sustitución

5¿Cuales son las características del derecho laboral colombiano?
•El derecho laboral colombiano es reciente
•Este avanza a medida que surgen las leyes
•No tiene formalismo ya que es poco solemne ya que surge de la realidad
•Tiene un claro sentido clasista por la desigualdad entre empleador y empleado  
•Tiende a la internalización por la incidencia de este derecho en la economía. por esta razón se crea la OIT

6¿A que se refiere el principio de la finalidad del derecho laboral colombiano?
•Se refiere a la justicia en la relación de empleadores y trabajadores, al equilibrio social y a la coordinación económica

7¿Por que el derecho laboral colombiano es autónomo?
•Por ser un derecho de orden publico, obligatorio cumplimiento, y busca el equilibrio entre el capital y el trabajo

8¿En que consiste la capacitación el adiestramiento y el descanso necesario?
•La capacitación consiste en la adquisición de conocimiento en busca de la aptitud del trabajador en una labor distinta a la que normalmente desarrolla y el adiestramiento es la misma adquisición del conocimiento para hacer al trabajador más apto, y por ultimo el descanso necesario es el descanso al que cada trabajador tiene derecho y no se le debe de ser vulnerado

9¿En que consiste el principio de irrenunciabilidad de beneficios mínimos?
•Que el derecho de trabajo se construye sobre orden público, se impone esta irrenunciabilidad otorgada por el imperio de la ley

10¿Según la jurisprudencia la mujer embarazada tiene derecho a?
•Una estabilidad laboral, también denominado fuero de maternidad

11¿El derecho de asociación se caracteriza por?
•Por ser un derecho subjetivo, de carácter voluntario, relacional e instrumental

12¿Cual es el principio de mayor aplicabilidad en colombia?
•La legalidad

13¿El principio de la condición más beneficiosa es de carácter? ¿ y como se entiende?
•Es de carácter furtivo protector y se entiende como el reconocimiento de una situación concreta que debe ser respetada en caso de un cambio normativo

Espero que les aya servido y gustado


lunes, 15 de mayo de 2017

Principios del derecho laboral en el sistema jurídico colombiano

Un breve resumen de lo que trataremos en esta oportunidad
•La Constitución Política de 1991, declara desde su artículo 1 que Colombia “es un Estado social de derecho”, por tal razón, el Estado tiene un papel de promotor del desarrollo y la justicia sociales, para combatir las desigualdades humanas con sus mecanismos políticos y económicos. En esta órbita de aspiraciones políticas y sociales se encuentran en un plano prevalente los principios del derecho laboral, que resultan primordiales en razón de que posibilitan los medios de subsistencia, y la calidad de ésta, para el mayor número de la población; en razón de que son un factor económico del cual dependen de manera general el crecimiento y desarrollo económico; y en razón de que de ellos se desprenden variadas y complejas relaciones sociales concurrentes y divergentes en punto a los intereses que en ellas se traban

 El derecho laboral en el sistema  jurídico colombiano tiene seis principios de los cuales solo veremos 3 y el primero es
•Favorabilidad:
El principio de favorabilidad indica que cuando coexistan normas laborales de distinto origen, que regulan una misma materia y se aplican a la solución del mismo caso, en este evento se aplica la norma más favorable al trabajador.

El segundo es
•In dubio pro operario:
 El principio del in dubio pro operario indica la existencia de una sola norma que admite dos o más interpretaciones diversas aplicables a un hecho concreto; entonces en este caso se toma la interpretación más favorable al trabajador.

y el tercero es
•Irrenunciabilidad:
 Irrenunciabilidad a los beneficios mínimos establecidos en normas laborales,  con fundamento en el carácter de orden público que se reconoce a las normas del trabajo, vale decir, que el cumplimiento de ellas es estimado como esencial para la conservación del orden social.
esto es todo, espero les sirva.